Bienes Inmuebles

El patrimonio cultural de la Región de Murcia está constituido por los bienes muebles, inmuebles e inmateriales, como instituciones, actividades, prácticas, usos, costumbres, comportamientos, conocimientos y manifestaciones propias de la vida tradicional que constituyan formas relevantes de expresión de la cultura de la Región de Murcia que, independientemente de su titularidad pública o privada, o de cualquier otra circunstancia que incida sobre su régimen jurídico, merecen una protección especial para su disfrute por parte de las generaciones presentes y futuras por su valor histórico, artístico, arqueológico, paleontológico, etnográfico, técnico o industrial o de cualquier otra naturaleza cultural. De este modo, y con el objetivo de conferir una cumplida respuesta a las necesidades que presenta la protección de este patrimonio, la presente Ley supera las insuficiencias del marco legal hasta ahora vigente, adecuando el régimen jurídico del patrimonio cultural a las necesidades actuales.

La Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia, establece los procedimientos y régimen jurídico que regulan las actuaciones y medidas a adoptar de cara a su tutela y conservación.

Las categorías de protección que contempla esta Ley son BIC, catalogado e inventariado y destaca la de Bien de Interés Cultural. Dentro de esta categoría, los bienes inmuebles se clasificarán atendiendo a las siguientes figuras: Monumento, Conjunto histórico, Jardín histórico, Sitio histórico, Zona arqueológica, Zona paleontológica, Lugar de interés etnográfico.